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Pregón Judicial 76
Ante el reciente Fallo de la OIT que insta a las Cortes de Justicia y Poderes Ejecutivos a negociar colectivamente con los Trabajadores Judiciales
Por Víctor Mendibil, Secretario General de la FJA. Los trabajadores judiciales acabamos de obtener un éxito de trascendencia histórica. Se trata, como ya será de vuestro conocimiento, de una resolución del Comité Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ante una queja presentada por la Federación Judicial Argentina (FJA), conjuntamente con la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) por la negación del derecho a la negociación colectiva y al convenio colectivo a nivel nacional y de la mayoría de las provincias.

Queridos compañeros:

Los trabajadores judiciales acabamos de obtener un éxito de trascendencia histórica. Se trata, como ya será de vuestro conocimiento, de una resolución del Comité Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ante una queja presentada por la Federación Judicial Argentina (FJA), conjuntamente con la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) por la negación del derecho a la negociación colectiva y al convenio colectivo a nivel nacional y de la mayoría de las provincias.

En efecto, en mayo del 2011, la FJA presentó ante la mencionada Comisión una queja basada tanto en la Constitución Nacional como en convenios internacionales incorporados al plexo jurídico constitucional de nuestro país, en especial el Convenio 154. Así se constituyó el caso Nro. 2.881, cuya conclusión definitiva se obtuvo el pasado 15 de junio de 2012. (ver fallo completo de la OIT)

La iniciativa era una respuesta a una situación que llegaba a un punto crítico. En primer, lugar, somos el único sector de los trabajadores argentinos a los que se les niega dichos derechos y, en segundo lugar, creíamos agotadas todas las instancias internas para lograr el reconocimiento de los mismos. Quizá, una de las frustraciones más contundentes fue la de la caducidad del proyecto de ley de negociación colectiva que había aprobado la Cámara de Diputados de la Nación.

Con contadas excepciones (existe legislación provincial en Santa Cruz, Neuquén, Córdoba y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aunque en Córdoba la patronal no admite sentarse a negociar colectivamente), el desconocimiento de estos derechos es prácticamente masivo para los trabajadores judiciales y, por supuesto, no se trata de la única violación a la libertad sindical. Por el contrario, en el marco de esa negación se avasallan otros derechos, se limita o cercena el derecho de huelga, se imponen prohibiciones a la actividad sindical, en particular a las asambleas, se desconocen derechos a la cuota sindical, se vulneran fueros sindicales de representantes, se persigue a compañeros de los más diversos niveles por su militancia sindical, se desconocen derechos de licencia gremial, se generaliza a determinación unilateral de las condiciones de trabajo por parte de la patronal, etc.

En esa muy apretada síntesis del cuadro de situación en el que nos encontramos, la recomendación efectuada por el Comité de Libertad Sindical al Estado argentino para que reconozca el derecho a la negociación colectiva y paritaria para los trabajadores del sistema judicial es un triunfo que todavía, probablemente, no llegamos a valorar en su verdadera magnitud.

Es indispensable conocer esta recomendación de la OIT en todos sus detalles, junto a los fundamentos de nuestra queja, y con los argumentos que allí se exponen emprender una fuerte ofensiva ideológica, política, gremial y cultural para que la conquista obtenida se haga carne en los trabajadores judiciales y, a partir de allí, conquistemos en los hechos el derecho a la negociación colectiva.

Hay que difundir este triunfo. Hay que dar charlas y conferencias. Hay que escribir artículos y folletos. Hay que militarlo en todos los ámbitos, en primer lugar entre los propios trabajadores judiciales, pero también entre los magistrados, los abogados, los organismos de derechos humanos, los periodistas, los demás gremios estatales, los profesores y estudiantes de las facultades de derecho.

Sin pretender reproducir aquí lo que se puede leer directamente en los documentos que se adjuntan, no podemos dejar de señalar lo que nos ha resultado más llamativo, por lo descarnado y lo arbitrario de su argumentación: la posición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en su rechazo a la negociación colectiva, llega a considerarse al margen de la constitución y la ley. Sabemos que ese pensamiento anida también en la Junta Federal de Cortes (JuFeJus), o al menos en la mayoría de sus miembros. Ellos han dicho asimismo lo que sostienen por lo bajo muchos gobernadores y sus ministros de trabajo. Ahora ha quedado claro, definitivamente, quienes realmente se oponen a un país verdaderamente democrático y equitativo, en el que impere la justicia social, la paz y la libertad. Lo más asombroso es que entre ellos están los que deben hacer justicia.

La lucha, entonces, no ha terminado. Sabemos que muchos gobiernos y magistrados no se rinden frente a los dictados del derecho sino de los poderosos.

Nosotros les enseñaremos derecho con nuestra lucha. Lograremos, sin duda, conquistar la negociación colectiva y conseguir un convenido colectivo para todos los trabajadores judiciales del país, que sea la plataforma de lucha de todos, la garantía de los principios constitucionales, la consagración de un escalafón único, un salario básico común y el principio de a igual trabajo, igual salario, entre tantas otras cuestiones.

Hoy celebramos nuestro flamante logro, que no está al margen de todas las luchas que a lo largo y ancho del país venimos librando los trabajadores judiciales.

Con el afecto de siempre.

Buenos Aires, 19 de junio de 2012.-

Víctor Mendibil - Secretario General de la FJA

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