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Pregón Judicial 76
Riesgos y Accidentes de Trabajo: ALTERUM NON LAEDERE
Por Martín Scabbiolo, Secretario General de AEFPJN y Secretario de Asuntos Técnicos y Estadísticas de la FJA. El pasado 19 de septiembre, el Poder Ejecutivo Nacional anunció en la Casa Rosada el envío al Congreso de un proyecto de ley de reforma de la Ley de Riesgos y Accidentes de Trabajo, que fue recibido por la CGT Balcarce, los principales empresarios y banqueros del país, en primera fila y con sonoros aplausos.

Dicho proyecto consiste esencialmente en mantener a nuestra vida y salud como trabajadores como botín del capital financiero, esto es, de las llamadas ART creadas junto con todo el sistema a mediados de los años´90.

Justamente el corazón de dicha Ley, la 24.557, en su art. 39 inc. 1 dice: “Las prestaciones de esta ley eximen a los empleadores de toda responsabilidad civil, frente a sus trabajadores y a los derechos habientes de éstos (…)”, esto es, creaba dos tipos de ciudadanos, nosotros los trabajadores y los “otros” que podían reclamar una “reparación integral” de acuerdo a la ley civil. Dicho artículo fue declarado inconstitucional por la CSJN en el histórico fallo Aquino allá por el año 2004 junto a 24 artículos más durante los últimos años.

En el Proyecto de Ley enviado el art. 4 pretende volver a dicha distinción: “…Los damnificados podrán optar de modo excluyente entre las indemnizaciones previstas en este régimen de reparación o las que les pudieran corresponder con fundamento en otros sistemas de responsabilidad. Los distintos sistemas de responsabilidad no serán acumulables (…)”, esto es, los trabajadores seriamos extorsionados debiendo elegir entre una indemnización sistémica baja o una indemnización integral por la vía civil mucho más alejada en el tiempo y juzgada con otros criterios que nuestro fuero laboral por cuanto en el mismo artículo se dispondría “...en los supuestos de acciones judiciales iniciadas por la vía del derecho civil se aplicará la legislación de fondo, de forma y los principios correspondientes al derecho civil.”

Asimismo el proyecto, como bien lo expresa el periodista Mario Wainfeld en Página/12 del 26 de septiembre entre otros, señala que las enfermedades profesionales como: problemas en la columna vertebral, hernias, varices, entre otras reconocidas por las Comisiones Médicas seguirían representando el 3% comparadas con el 38% reconocidas por la Organización Internacional del Trabajo.

Incluso el proyecto propone la incorporación de los sindicalistas-empresarios en el negocio de las ART, lo que nos recuerda la nefasta experiencia de las AFJP sindicales.

Por último, entendemos que el proyecto de reforma enviado continúa con la conculcación de nuestros derechos como trabajadores, propio del sistema creado en los 90’ y no se centra con el principal objetivo de una ley de accidentes, que es la prevención; que no sólo impida accidentes mortales ni totalmente incapacitantes, sino que repare en nuestras condiciones de trabajo previniendo enfermedades profesionales como las que sufrimos diariamente los trabajadores judiciales.

Es en éste sentido que llamamos a todos los legisladores nacionales, sean oficialistas u opositores, a discutir una ley que resguarde nuestros derechos como trabajadores amparados por la Constitución Nacional.

Finalmente, desde la Asociación de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación (AEFPJN) seguimos convocando a todos los judiciales a seguir construyendo una organización gremial democrática, independiente de los Gobiernos, la Corte, el Consejo, Ministerio Público y al servicio de los trabajadores, para lograr nuestros históricos reclamos: Ley de Enganche, el 82% móvil para todos, participación en nuestra Obra Social, recategorización y mejores condiciones de trabajo para el personal obrero y de maestranza (P.O.M.).

Martín Scabbiolo

Secretario General de AEFPJN y Secretario de Asuntos Técnicos y Estadísticas de la FJA.

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