A comienzos del 2003, los judiciales de Neuquén decidimos poner en la agenda política la “cuestión salarial” y comenzar a discutir una recomposición en los ingresos, mejores condiciones de trabajo, pase a planta permanente de personal contratado, el cese inmediato de personal “meritorio” y el nombramiento en la planta administrativa de muchos jóvenes con exámenes aprobados. Esta iniciativa fue abrazada por la Federación Judicial Argentina, dando inicio al reclamo de recomposición salarial en el resto de las provincias federadas.
En aquellos meses, decíamos que los salarios estaban depreciados en un 75% de su poder adquisitivo, producto de la devaluación impuesta en enero de 2002. Centramos nuestro reclamo en una recomposición salarial de un 47%, con pleno reconocimiento de la Ley Porcentual y un sueldo de ingresante ubicado por encima de los $750, que por aquél entonces fijaba el piso límite de la pobreza.
Pero resultaron infructuosas nuestras peticiones y contrariamente el Tribunal Superior de Justicia, haciendo honor de su “autismo perpetuo”, envió el proyecto de presupuesto judicial a la Legislatura sin contemplar partidas que incluyeran una recuperación salarial, desconociendo el antecedente nacional (Consejo Magistratura Nacional- $200 bonificables y remunerativos judiciales federales-mayo 2003).
Tampoco incluyó partidas destinadas a cumplimentar el resto de las demandas planteadas, como ser el nombramiento en planta permanente de personal contratado (algunos 8 años), contradiciendo la jurisprudencia de este Tribunal, quien ha fallado en innumerables causas condenando al Estado Provincial por éstas prácticas.
A través del plan de lucha que incluyó asambleas en dependencias judiciales, trabajo a código, quite de colaboración, paros sorpresivos y movilizaciones fuimos transformando nuestra bronca en unidad en la acción y objetivo común. Merece destacarse que las distintas medidas de fuerza fueron acompañadas por mate cocido, guisos y choripaneadas que se realizaron en dependencias judiciales céntricas o en las puertas del TSJ.
También hay que remarcar la movilización portando un féretro por calles céntricas de la ciudad y para culminar con un velatorio de la “Justicia” en las puertas del Tribunal, iniciativa que tuvo mucho impacto periodístico y en la sociedad porque empezábamos a correr el velo de esta justicia cada vez mas ciega.
Producto de la lucha, logramos una convocatoria a una mesa tripartita, conformada por vocales designados por el TSJ, miembros de la Asociación de Funcionarios y Magistrados y el Sejun. Ante la negativa de los vocales para encarar una discusión seria en materia salarial y lo avanzado del año, logramos un reconocimiento de $1800 “no remunerativo” y el compromiso del Tribunal -a través de la firma de un acta acuerdo- de retomar las negociaciones en el mes de febrero del año en curso, a fin de elaborar una propuesta que incluyera una recomposición salarial.
Los primeros meses del año, asumen nuevos vocales que conformaron el tribunal existente y aparece el mecanismo de la “recategorización”, propuesta realizada por el Dr. Jorge Sommariva (Presidente) y del vocal Roberto Fernández como salida al conflicto. “La decisión política está y la suma para afrontarla también, así que la recategorización es un hecho”, al decir de Sommariva. Dichos que fueron recogidos por 250 compañeros en movilización al TSJ y por medios gráficos y televisivos.
Por decisión política de la Directiva de este sindicato se elaboró una propuesta que contemplaba una recategorización para los tres escalafones administrativos y priorizando al último agrupamiento que contiene el 65% del personal. Esta propuesta aprobada por asamblea general fue presentada al Dr. Sommariva y al Cr. Alberto Paponi (Administrador General), adelantando el primero de ellos su conformidad y su voto afirmativo en acuerdo.
En pleno conflicto nos desayunamos con la acordada 3769, en la cual el TSJ delega en otro poder su capacidad resolutiva; avanza sobre el derecho constitucional de huelga al declarar a la justicia como “servicio esencial” y faculta a los responsables de los organismos judiciales a la designación de personal necesario para garantizar la normal prestación del servicio de justicia cuando se dispongan medidas de fuerza.
Ante tamaño atropello interpusimos un recurso de amparo radicado en el Juzgado Laboral nro 3 atacando el punto 3º de la mencionada acordada 3769, porque constituye una restricción al ejercicio del derecho de huelga consagrado por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y convenios 87 y 98 de la O.I.T. Además, viola el art. 24º de la Ley 25.877 que no prevé la administración de justicia como servicio esencial, siendo reconocidos taxativamente el sector hospitalario, servicios de abastecimiento de agua, los de electricidad, los servicios telefónicos y el control de tráfico aéreo.
La rápida resolución, no podía ser otra que contraria a los intereses de los trabajadores. El titular de dicho juzgado, Dr. Víctor Cosentino, coincide con lo dispuesto por el TSJ y con verdadero “espíritu de cuerpo” desestima la acción de amparo de este sindicato. Luego de abundar en citas jurisprudenciales, afirma sin empacho que la provincia tiene facultades para desconocer el art. 24 de la Ley 25.877, emanada del Congreso Nacional.
Más aún, refiere el Juez que el Estado Provincial puede regular el derecho constitucional de huelga de sus empleados públicos, contradiciendo el art. 14 bis de la Constitución Nacional y Tratados Internacionales en la materia. Y esta aberración jurídica, reconocería también la posibilidad de que cada municipio a través de reglamentaciones avancen en tal sentido, restringiendo el derecho de huelga de sus empleados, y -en cuyo caso- se violentaría el principio de igualdad ante la Ley previsto por el art. 16 de la C.N.
Inmediatamente, nuestros asesores legales interpusieron un recurso de apelación ante la Alzada correspondiente y esperamos que los integrantes de la Cámara Civil subsanen este desquicio jurídico.
También el conjunto de los judiciales vamos a resistir la implementación de las pasantías rentadas ($500), dispuesta en otra acordada ilegal, porque constituye una clara violación al ingreso por concurso que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial. El argumento utilizado por los vocales es que se trata de ayudar económicamente a aquellos jóvenes que se encuentren cursando los últimos años de sus carreras universitarias. Significando en realidad una ayuda a los hijos y amigos del poder, quienes ingresarían en calidad de “rompe huelga”.
Por el contrario, el TSJ, con éste espíritu benefactor, hubiera resuelto la recomposición salarial exigida que hubiera significado un respiro económico para muchísimos trabajadores y sobre todo para aquellos jóvenes empleados que cursan carreras universitarias, cuyos ingresos se ubican entre $550 a $600. Esta decisión, también resulta agraviante para aquellas personas que han aprobado el examen de ingreso y están a la espera de ser convocados.
Todos estos nefastos antecedentes se encuentran a estudio de nuestros asesores letrados y haremos todas presentaciones que por derecho nos asistan, pero sin claudicar en la lucha, porque la “unidad de acción” es el único resguardo posible de la clase trabajadora.
Producto de la masividad en las movilizaciones y la contundencia de las medidas de fuerza, mediante acuerdo celebrado la semana pasada, el Tribunal Superior nos convocó a conformar una mesa de diálogo.
En la primera reunión (8/7/2004) mantenida con los funcionarios facultados por el TSJ dejamos en claro nuestro posicionamiento en cuanto a pleno respeto de la carrera judicial y sus pautas de ingreso y ascensos por concurso; ninguna modificación y/o alteración del actual sistema remuneración vigente con pleno respeto de la porcentualidad; devolución de los salarios caídos por los días de huelga y retiros de los lugares de trabajo; inmediata derogación del sistema de contratación de personal bajo el régimen de prácticas rentadas. Por su parte los funcionarios expresaron que todas las posibles soluciones salariales deben estar enmarcadas dentro de las normas legales correspondientes y ser acordes a las políticas que en este aspecto se formulen a nivel provincial y/o nacional.
En este marco se desprende como viable el pago de los $200 remunerativos y bonificables, tal el antecedente del Consejo de la Magistratura a Nivel Nacional. Esta situación ha significado un avance más en nuestra lucha, habida cuenta que el TSJ abre un camino en cuanto a la discusión salarial con sus trabajadores.