Untitled Page
......ver también......
Pregón Judicial 76
Córdoba: BAJO LA FACHADA DE LOS CONCURSOS, CONTINÚA LA DEDOCRACIA EN EL PODER JUDICIAL

Hace ya bastante que desde AGEPJ, filial en Córdoba de la FJA, venimos denunciando la hipocresía que existe al interior del Poder Judicial, relativo a los nombramientos de funcionarios y también respecto a los ingresos. Mientras el Tribunal Superior de Justicia hace gala de que ?todos los nombramientos son por concurso", la realidad nos muestra que el “dedo" que tanto denunciamos el año pasado, sigue vigente.

En efecto, desde que se pusieron en práctica los concursos a mediados de los ´90, tanto para el ingreso en todas las áreas (menos las de maestranza), como para el nombramiento de funcionarios y/o magistrados, el sistema que los rige ha sufrido muchas modificaciones, TODAS A CRITERIO ÚNICO DEL TSJ, jamás consultado ni acordado con el Gremio.

Los concursos para los cargos de Pro-Secretario Letrado, comenzaron exigiendo una antigüedad de 8 años en el Poder Judicial y una categoría determinada (Oficial Principal y Oficial); hoy sólo se exigen 4 años de antigüedad y el cargo de Escribiente.

Si a eso le sumamos una política destinada a desalentar la carrera judicial, que en los últimos años se ha agravado al no haber casi ascensos y teniendo a más del 60 por ciento de la planta relegado en las últimas tres categorías, la lógica consecuencia es que la mayoría de los empleados y empleadas judiciales, en particular los más jóvenes, los que recién ingresan, se “desesperan" por acceder a los concursos, aún sabiendo que las reglas de juego no son claras, y hasta son violadas por los propios Tribunales de estos concursos.

Así sucedió en el Concurso de Pro-Secretario de Fiscalía de Instrucción para los Centros Judiciales de Jesús María, Villa Carlos Paz, Alta Gracia, Río Segundo, Río Cuarto, La Carlota , Arroyito, Corral de Bustos-Ifflinger, Morteros, Cruz del Eje, Laboulaye, Dean Funes yRío Tercero. En efecto el Acuerdo Nº 502, Serie "A", de fecha 10/11/2008, establecía en su art. 4 que el puntaje máximo para la prueba de oposición era de 65 puntos, distribuidos en 40 puntos para la parte práctica y 25 puntos para el teórico. Esto fue arbitrariamente modificado por el Tribunal al momento de presentar las consignas examinatorias. El Acuerdo fue impugnado por el Gremio y por algunos compañeros que rindieron ese concurso, SIN QUE HASTA LA FECHA HAYA RESPUESTA A ESA IMPUGNACIÓN.

En materia de ingresos, sucede algo parecido. Se llama a concurso, se exigen determinados requisitos (materias aprobadas, un promedio, etc.), se rinde el concurso (prueba escrita y de informática), se confecciona el Orden de Mérito, y a veces varios años después, los compañeros son llamados para ingresar. Lo hacen como contratados y sujetos a un informe de su superior. ¿Qué sucede en la práctica? Que ese informe, a veces muy subjetivo, otras injusto, sin otorgarle ningún derecho a la defensa al compañero en cuestión, DETERMINA EL INGRESO A TRIBUNALES. Tenemos varios casos que el Gremio está defendiendo, incluso de una compañera a quien le fue renovado TRES VECES EL CONTRATO, con dos informes favorables, y como el último no lo fue, NO PUDO INGRESAR AL PODER JUDICIAL DE MANERA EFECTIVA, a pesar que había cumplido con todas las reglas que el propio TSJ establece para el ingreso.

La semana pasada, esta forma de “hacer la ley y la trampa también", quedó nuevamente al desnudo con la publicación el jueves 14 de abril, del Acuerdo Nº 166, que llama a concurso para el cargo de Auxiliar Colaborador de la Defensa Pública en el Fuero Penal, instalando una nueva modalidad: EL CONCURSO CERRADO, sólo para el Fuero respectivo y otorgando tantas ?facilidades" a quienes están desarrollando esa tarea, que prácticamente se constituye en un CONCURSO A MEDIDA.

Y aunque se molesten los compañeros que están ejerciendo esa función, a quienes respetamos, como Gremio tenemos la obligación de IMPUGNAR ESE CONCURSO y decirles que NO SE PRESENTEN A RENDIRLO porque se estaría convalidando un nuevo ataque la CARRERA JUDICIAL que la AGEPJ quiere defender EN SERIO.

Ya nos parece un despropósito que se pueda rendir para un cargo como Pro-Secretario Letrado con sólo CUATRO AÑOS de antigüedad. En ese sentido, creemos mucho más acertado el criterio del concurso para Oficiales de Justicia que establece como requisito UNA ANTIGÜEDAD DE DIEZ AÑOS en el Poder Judicial. También creemos que hay que poner un cargo más alto del Escalafón para poder acceder a los concursos.

Obviamente que estas exigencias, van de la mano de nuestro reclamo de que el TSJ debe RESPETAR LA CARRERA JUDICIAL, con ascensos automáticos en las primeras categorías y con serios cambios en los puntajes que se otorgan para los órdenes de Mérito. Es inconcebible que tengamos Escribientes con 10 años de antigüedad, u Oficiales Mayores con más de 24 años y hasta más de 30 años, sin poder acceder al cargo de Jefe de Despacho.

El Acuerdo Nº 166, que impugnaremos, permite que un Auxiliar, con menos de 4 años de antigüedad, pueda rendir para este cargo, si ya viene cumpliendo la función. Todos los nombrados como Auxiliares de la Defensa lo fueron por la sola voluntad del Asesor que los designó, entonces está claro que con este concurso se trata de convalidar esos nombramientos. Quizás la mayoría o todos los compañeros que están cumpliendo esa función, lo hagan bien y se merezcan ese cargo, pero esa oportunidad la tienen que tener todos los judiciales que cumplan los requisitos que se establezcan, Y QUE DEBEN SER ACORDADOS CON EL GREMIO, porque hacen a la defensa de la CARRERA JUDICIAL, una de nuestras mayores reivindicaciones.

Fuente: Boletín informativo de la AGEPJ

Versión para imprimir de este documento Versión imprimir | Enviar por email
Untitled Page
Federación Judicial Argentina - Rincón 74 - Buenos Aires - Argentina - Tel: (5411) 4954-2856
Sitio desarrollado con el software libre SPIP y alojado en RedCTA